Correo Institucional Sistema de Notas Matrícula Dinámica

 

A continuación encontrará las secciones que componen el SIE - Sistema Institucional de  evaluación.

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Introducción

 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN

ANEXO 4

ACUERDO

 

"POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCION ESCOLAR

 DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL DECRETO 1290 DE ABRIL 16 DE 2009

 

El Consejo Directivo de la Institución Educativa Diversificado en uso de las facultades que les confieren la ley 115 de 1994, ley 715 del 2001, y el decreto 1290 de abril 16 de 2009, y

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que la Ley 115 de febrero 8 de 1994, en sus artículos 77 y 78 confiere autonomía escolar a los establecimientos educativos.

2. Que es necesario establecer y precisar los criterios a seguir para efectos de la evaluación y promoción de los estudiantes.

3. Que la evaluación y la promoción escolar como actos educativos deben ser procesos permanentes, en los cuales se valoren todos los procesos de los estudiantes.

4. Que es fundamental velar por la formación integral de nuestros educandos, de acuerdo con el PEI de la institución y su filosofía educativa.

5. Que el consejo académico, como máximo organismo de carácter pedagógico, discutió y elaboró una propuesta sobre evaluación y promoción de los estudiantes.

6. Que el decreto 1290 de 2009 ordena la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

7. Que los diferentes estamentos de la comunidad educativa aportaron elementos para la construcción del SIE

8. Que el decreto 1290 de 2009 ordena establecer los criterios para efectos de promoción y evaluación escolar.

9. Que el artículo 208 de la ley General de Educación mantiene el carácter técnico de la Institución.

10. Que la evaluación es: “Un proceso sistemático y permanente que comprende la búsqueda y obtención de información de diversas fuentes acerca de la calidad del desempeño, avance, rendimiento o logro del estudiante y de la calidad de los procesos empleados por los docentes, la organización y análisis de la información de su importancia y pertinencia de conformidad con los objetivos que se esperan alcanzar, todo con el fin de tomar decisiones que orienten el aprendizaje y los esfuerzos de la gestión docente en los momentos y espacios oportunos y no al final del período escolar”1.

11. Que, en la fecha, se reunió el consejo directivo para estudiar, definir y aprobar el SIE.

 

ACUERDA:

 

Artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 - Definición, informes, mecanismos, porcentajes

 Artículo 1. La I.E. DIVERSIFICADO DE CHÍA posee un modelo pedagógico desarrollista. Dentro de su marco se establece el sistema institucional de evaluación (SIE), además de los mecanismos, criterios y procedimientos con qué desarrollar los aspectos integrales de evaluación a estudiantes en los siguientes tres desempeños: I) el cognitivo; II) el procedimental y III) el actitudinal. Establecido lo anterior, se da cumplimiento a los siguientes objetivos:

1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y/o desempeños superiores en su proceso formativo.

4. Determinar los criterios de promoción o no promoción de estudiantes.

5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

Artículo 2. Para efectos del calendario académico y para adelantar los procesos de desarrollo curricular y evaluación, la I.E. Diversificado DE CHÍA divide su año escolar en tres (3) periodos a los que se denomina trimestres con valor en % así:  Trimestres I Y II 30% , Trimestres III 40%.

Artículo 3. De manera periódica, la institución entregará tres informes en el año y un informe final en el que se establece la promoción o no del estudiante según las áreas valoradas. Cada informe final del trimestre brindará información cualitativa y conceptual del proceso adelantado por cada estudiante. El informe final contendrá el promedio estadístico de desempeño por área con su respectivo juicio valorativo y la observación de promoción o no al grado siguiente.

Artículo 4. Para permitir la movilidad nacional de los estudiantes, en el informe por periodos (trimestres), debe aparecer la valoración numérica correspondiente al sistema institucional y su equivalente en el sistema de valoración nacional.

Artículo 5. En ningún caso la reprobación anual de los estudiantes puede superar el siete por ciento (7%) de la totalidad de los estudiantes de la institución. Ningún área podrá exceder este porcentaje.

 

Artículo 6. En ningún caso la reprobación del promedio acumulado por periodo y asignaturas puede superar:

• Primer periodo: 30%

• Segundo periodo: 20%

• Tercer periodo: 15%

 

 

Artículos 7 , 8 y 9 - ¿Qué evaluar?

 

Artículo 7. Qué evaluar. La I.E. DIVERSIFICADO DE CHÍA evalúa en concordia al modelo pedagógico estructurado en los siguientes tres desempeños: I) cognitivo, II) procedimental y III) actitudinal (artículo 1). Estos se definen de la siguiente manera:

I) Desempeño cognitivo. Hace referencia al saber.

II) Desempeño procedimental. Hace referencia al saber hacer.

III) Desempeño actitudinal. Hace referencia a la capacidad de ser.

Estas tres dimensiones se desarrollan y evalúan con el propósito de vivenciar las siguientes consignas: a) aprender haciendo; b) aprender para comprender; c) aprender para resolver; d) aprender para convivir; e) aprender por sí mismo; f) aprender a cuestionar; g) aprender a analizar; h) aprender a argumentar; i) aprender para proponer, entre otras.

Artículo 8. La I.E. DIVERSIFICADO DE CHÍA evaluará integral y permanentemente a los estudiantes en los siguientes desempeños:

 

1. Cognitivo (saber) 30%. Este desempeño se evalúa a través de dos porcentajes: un 20% propio del trabajo en clases y otro 10% perteneciente al resultado de la evaluación trimestral (total: 30%). La evaluación bimestral será sobre los DBA y estándares curriculares correspondientes al periodo en curso y a la asignatura que corresponda

 

  2. Procedimental (saber hacer) 30%. En este desempeño se evalúa en el estudiante su posibilidad de alcanzar un buen nivel de vida a través de la creatividad y la productividad, así como su habilidad de saber utilizar la sana competencia para la búsqueda permanente de la excelencia.

 

3. Actitudinal (Ser) 40%. Este desempeño se evalúa a través de dos porcentajes: un 30% que consiste en las conductas y comportamientos dentro de las clases y la institución, y otro 10% referente a la autoevaluación que el estudiante haga de sí mismo en la asignatura correspondiente. Aquí se valora: a) el desarrollo de competencias ciudadanas y sociales; b) el manejo adecuado de emociones frente a principios de realidad; c) el acatamiento de normas; d) el manejo adecuado de conflictos, entre otras actitudes.

Artículo 9. Al iniciar el año escolar, los docentes de cada área darán a conocer a la Coordinación Académica y a los estudiantes los desempeños y contenidos propios de cada campo de saber para el registro y la evaluación constante en la I.E. DIVERSIFICADO DE CHÍA.

 

 

 

Artículo 10 - Dimensiones

Artículo 10. Para la evaluación del desempeño, se establecen los siguientes criterios.

COGNITIVO

 

a. Apropiación de saberes y conocimientos generales, en cada área del plan de estudios y de acuerdo con el nivel del estudiante.

b. Relaciona y aplica los conocimientos teóricos en situaciones reales y prácticas.

c. Elabora en forma coherente y argumentativa ensayos, reflexiones y análisis, tomando como marco de referencia el contexto y la realidad.

d. Apropiación de los conocimientos tecnológicos.

e. Infiere problemas, formula y valida hipótesis de una realidad histórico social.

f. Se apropia de la cultura ecológica participando en la formulación y ejecución de proyectos ambientales.

 

 

PROCEDIMENTAL

 

a. Presentación de trabajos escritos

 b. Entrega puntual de actividades complementarias.

c. Habilidad de expresión oral y escrita

d. Dominio del lenguaje especifico del Área.

e. Apropiación de las TIC’s en el desarrollo de habilidades comunicativas

 

 

 

 

 

ACTITUDINAL

 

a. Participación activa para asumir las actividades propias de cada área

b. Actitud de respeto y tolerancia hacia sí mismo, con los demás y su entorno

c. Desarrolla actividades fomentando valores y convivencia pacífica.

d. Ejerce liderazgo positivo.

e. Manifiesta sentido de pertenencia y respeto por la Institución, símbolos patrios, actos científicos y culturales, así como el porte y uso adecuado del uniforme.

f. Acata y cumple las normas Institucionales (Académicas y de Convivencia)

g. Autocontrola adecuadamente sus emociones.

 

 

 

Artículo 11 - ¿Cómo evaluar?

Artículo 11. Cómo evaluar. En el ámbito educativo, es pertinente evaluar a cada sujeto desde ejercicios que permitan observar al estudiante en la clase, en el descanso, en las actividades de rutina, en las interacciones sociales, etc. En este compromiso también es importante revisar sus cuadernos y carpetas, atendiendo la objetividad de sus apuntes, la profundidad de sus consultas, sus aportes, su estructura organizativa y su estética. El compromiso con el aprendizaje significativo será más coherente si a todo lo anterior le incluimos las valoraciones por medio de previas o exámenes con diferentes formas de cuestionamiento o interrogación, como preguntas de selección múltiple con única respuesta, preguntas de selección múltiple con múltiple respuesta, preguntas de completar, de argumentar, deducción, desarrollo, de inferencia, de aplicación y proposición, de diseño o creación.

Artículo 12 - ¿Con qué evaluar?

 

Artículo 12. Con qué evaluar. Para evaluar, es importante utilizar todos los recursos posibles. Todos los instrumentos y mecanismos de evaluación que podamos emplear son útiles para hacer realidad el aprendizaje significativo. En cuanto al componente humano, es importante evaluar con ética, responsabilidad social, justicia y objetividad. Es importante cambiar permanentemente la dinámica de evaluación. Por ejemplo, utilizar talleres, paralelos, gráficos, mapas conceptuales, cuadros sinópticos, mesas redondas, debates, foros, redes de problemas, o bien se puede utilizar el aporte tecnológico: proyecciones mediante el uso de diapositivas, videos, etc. El medio que nos rodea también está dotado de múltiples recursos que podemos utilizar para la evaluación.

 

Artículo 13 - Características

 

Artículo 13. Características de la evaluación en el sistema institucional de evaluación:

a. Ser cualitativa y formativa.

b. Tiene como fin mejorar la calidad en un contexto educativo o administrativo determinado.

c. Exige objetividad, exactitud, factibilidad, ética y equidad.

d. Supone un proceso complejo que atiende sistemas de planeación, diseño, ejecución o aplicaciones.

e. Tiene un carácter holístico y orientador que permite descubrir falencias, errores o fallas en un sistema educativo, comunidad administrativa o social.

f. Es útil y oportuna.

g. Es transparente y fundamentada.

h. Estar íntimamente ligados a los aportes de la axiología, la ética y la bioética.

i. Implica responsabilidad social.

j. Posee un carácter pluridimensional en todo su proceso de planeación, diseño y ejecución.

k. Implica una actividad sistemática de reflexión, revisión, comprobación y valoración.

l. Promover la reflexión del docente y adecuar lo que sucede en el aula, estableciendo estrategias pedagógicas y didácticas para todos los estudiantes.

m. Es un proceso de diálogo, comprensión y mejoramiento.

n. Posee un carácter constructivista en su aplicación.

o. Es diagnóstica, permanente, y sumativa.

p. Es práctica y participativa.

q. Posee diversas dinámicas como la autoevaluación, la heteroevaluación, la paraevaluación y la metaevaluación.

r. Es democrática y no autocrática.

s. Es procesal y dinámica.

t. El sentido de la evaluación está en la formación significativa de comunidades sociales pluralistas, justas, divergentes, progresistas donde se comprende, se convive y se valora al sujeto, a la comunidad y al entorno.

 

 

Artículo 14 - Criterios

Artículo 14. Criterios de promoción escolar. Un estudiante SERÁ PROMOVIDO al grado siguiente cuando la comisión de evaluación y promoción verifique las siguientes condiciones:

 

1. Nivel Preescolar

El proceso de promoción de los estudiantes seguirá rigiéndose por el Decreto 2247 de septiembre 11 de 1997 artículo 10. En el nivel de educación preescolar no se reprueban grados ni actividades.

Los educandos avanzarán en el proceso educativo, según sus capacidades y aptitudes personales. Para tal efecto, la institución educativa realizará una evaluación cualitativa cuyo resultado, se expresará en informes descriptivos que les permitan a los docentes y a los padres de familia, apreciar el avance en la formación integral del educando, las circunstancias que no favorecen el desarrollo de procesos y las acciones necesarias para superarlas.

 

2. Grados Primero y Segundo

a. Alcanza un desarrollo adecuado de los procesos cognitivo, comunicativo, motriz y perceptual.

b. Aprueba la totalidad de las áreas, como mínimo con desempeño básico.

c. Reprueba hasta dos áreas diferentes a humanidades y matemáticas, en caso de no superarlas, se promueve pero sus valoraciones no pueden ser cambiadas.

 

3. Grados Tercero, Cuarto y Quinto

a. Aprueba la totalidad de las asignaturas, como mínimo con desempeño básico.

b. Reprueba hasta dos áreas, las cuales debe nivelar; en caso de no superarlas, el estudiante será promovido pero sus evaluaciones no podrán ser cambiadas.

 

4. Bachillerato Técnico

1. Aprueba todas las áreas, como mínimo con desempeño básico.

2. Obtiene Desempeño Bajo hasta en dos áreas, las cuales debe presentar y superar al menos una de ellas.

3. Si no supera las dificultades de un área, el estudiante será promovido pero su valoración final no podrá ser cambiada.

4. Si presenta desempeño alto o superior en el setenta por ciento (70%) de las áreas y tiene desempeño bajo en un área (excepto la especialidad), será promovido automáticamente al siguiente grado y su calificación en dicha área corresponderá a desempeño básico.

 

5. Porcentaje de las asignaturas que conforman las Áreas:

 

 

 

 

 

5. Porcentaje de las asignaturas que conforman las Áreas:

 

 

Artículo 15 - No promoción

  Artículo 15. Criterios de no promoción escolar. Un estudiante NO SERÁ PROMOVIDO al grado siguiente cuando:

 

1. Repruebe una o más áreas.

 

Parágrafo. Si un estudiante de grado primero a once supera el 20% de inasistencia en el periodo académico no justificada en cualquiera de las asignaturas, obtendrá desempeño bajo y no tendrá derecho a recuperarla; continuará en la institución con un compromiso especial. Si al finalizar el año lectivo el estudiante acumula el 25% de inasistencia total, no será promovido.

 

Artículo 16 - Repitencia

Artículo 16.  Repitencia.

1. La repitencia consecutiva por dos años, ocasionará la pérdida de cupo en la Institución.

2. Los estudiantes repitentes, deben firmar compromiso académico y/o de convivencia, con su respectivo padre de familia o acudiente.

3. El estudiante que aparte de reprobar el año escolar también presente problemas de convivencia, estará sujeto a la decisión del Comité Escolar de Convivencia final.

 

Artículo 17 - Promoción anticipada

 

Artículo 17. La promoción anticipada se reglamenta según el Artículo 7 del Decreto 1290, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

1. Solicitud formal presentada al Consejo Académico por el estudiante, padre y/o acudiente, director de curso.

2. Informe del director de curso, sustentado por los profesores de cada asignatura con valoración mínima de desempeño “Alto”.

3. Constancia de haber aprobado el examen y estar admitido en una universidad oficial, para estudiantes de grado 11° únicamente

Artículo 18 - Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes

Artículo 18.  Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes:

a. Los directores de curso realizarán un análisis de los resultados obtenidos por los estudiantes en cada periodo, para aquellos que se encuentran en estado de insuficiencias y establecerá estrategias de mejoramiento y/o remitirá a consejo académico aquellos casos que ameriten su estudio para ser citados a talleres de padres con orientación escolar.

b. Verificación de asistencia en cada Área.

c. Nombramiento de monitores.

d. Organización grupos de trabajo.

e. Durante el desarrollo de las actividades académicas en cada Área se deben establecer mínimo tres valoraciones por periodo.

f. Citación a padres y/o acudientes.

g. Direcciones de curso.

h. Remisiones a grupos de apoyo con seguimiento especial.

i. Remisiones a coordinaciones.

Artículo 19 - Comisión de evaluación y Promoción

 

Artículo 19: Finalizando cada periodo escolar, se reunirá la COMISION DE EVALUACION Y PROMOCIÓN, para definir estrategias de apoyo a los estudiantes con desempeños bajos y para definir cuáles estudiantes serán promovidos y quiénes deben volver a cursar el grado respectivo, atendiendo los parámetros de promoción acordados en el artículo 14 del presente acuerdo.

Artículos 20 - Estrategias de apoyo para resolver situaciones académicas pendientes

Artículo 20. Estrategias de apoyo para resolver situaciones académicas pendientes. Dado que el proceso de evaluación es permanente, las actividades grupales o individuales de refuerzo y superación serán un componente de las actividades pedagógicas ordinarias. Estas actividades de apoyo a los estudiantes que evidencien dificultades estarán dentro de la planeación y ejecución curricular que cada docente realice para los periodos y se desarrollarán a través de distintas estrategias pedagógicas y con el acompañamiento permanente de los padres de familia, dichas estrategias son:

 

a. Diligenciar un formato de seguimiento académico, en donde se registren los compromisos y deberes escolares a los estudiantes que continuamente presenten dificultades e incumplimientos.

b. Llevar a cabo reuniones de docentes por núcleos pedagógicos y/o de área.

c. Programación de asesorías por periodos en cada área, para los estudiantes que tienen dificultades en el proceso de aprendizaje y que demuestren interés, en presencia del padre de familia y/o acudiente.

 

Parágrafo. Los docentes entregarán, en coordinación académica, un acta con las actividades de superación para desarrollar en los tiempos y espacios que determine el Consejo Académico, la cual debe ser firmada por los padres y/o acudientes y los estudiantes

Artículo 21 - Escala valorativa

Artículo 21. En virtud del artículo 5 del decreto 1290 de 2009, se define en la Institución la escala valorativa así:

1. Desempeño Superior: 4.5 a 5.0.

2. Desempeño Alto: 4.0 a 4.4.

3. Desempeño Básico: 3.0 a 3.9.

4. Desempeño Bajo: 1.0 a 2.9.

 

La denominación desempeño básico se entiende como la superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el proyecto educativo institucional. El desempeño bajo se entiende como la no superación de los mismos.

 

La escala valorativa institucional para los desempeños será de 1.0 (uno punto cero) a 5.0 (cinco punto cero).

 

DESEMPEÑO SUPERIOR. Cuando el estudiante:

a. Alcanza de 4.5 a 5.0 en la valoración de sus procesos COGNITIVOS, PROCEDIMENTAL y ACTITUDINAL

b. No tiene fallas, y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado.

c. No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto convivencial con ninguna de las personas de la comunidad educativa.

d. Manifiesta sentido de pertenencia institucional.

e. Participa en las actividades curriculares y complementarias.

f. Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.

 

DESEMPEÑO ALTO. Cuando el estudiante:

a. Alcanza de 4.0 a 4.4 en la valoración de sus procesos COGNITIVOS, PROCEDIMENTAL y ACTITUDINAL

b. Alcanza todos los desempeños propuestos, pero con algunas actividades de superación.

c. Tiene fallas de asistencia justificadas.

d. Reconoce y supera sus dificultades.

e. Desarrolla actividades curriculares específicas.

f. Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.

g. Se promueve con ayuda del docente y sigue un ritmo de trabajo.

 

DESEMPEÑO BÁSICO. Cuando el estudiante:

a. Alcanza de 3.0 a 3.9 en la valoración de sus procesos COGNITIVO, PROCEDIMENTAL y ACTITUDINAL

b. Alcanza los desempeños mínimos con actividades de recuperación dentro del período académico y/o de los espacios que la institución ha definido para el efecto. Presenta faltas de asistencia justificadas.

c. Presenta algunas dificultades de comportamiento.

d. Desarrolla el mínimo de las actividades curriculares requeridas.

e. Manifiesta escaso sentido de pertenencia con la institución.

b. Evidencian dificultades en sus desempeños.

 

DESEMPEÑO BAJO. Cuando el estudiante:

a. Alcanza un nivel de 1.0 a 2.9 en la valoración de sus procesos COGNITIVO, PROCEDIMENTAL y ACTITUDINAL

b. No alcanza los desempeños mínimos ó las insuficiencias persisten después de realizadas las actividades de superación.

c. Presenta inasistencias injustificadas equivalentes a un 20% en un área.

d. Presenta dificultades de comportamiento.

e. Presenta continuos incumplimientos con sus compromisos académicos tareas, investigaciones, trabajos escritos, etc.)

f. No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.

g. No demuestra sentido de pertenencia institucional.

Artículo 22 - Parámetros de valoración

Artículo 22. Parámetros para la valoración integral en los desempeños de los estudiantes. Para evaluar el desempeño de los estudiantes, los docentes se guiarán por los siguientes parámetros.

 

a. Evaluación diagnóstica: es un proceso de evaluación para mejorar y medir el nivel de desarrollo de las competencias básicas de cada uno de los estudiantes. Esta evaluación se realiza a través de un conjunto de pruebas y cuestionarios de contexto, comunes para todos los estudiantes, que serán aplicadas con criterios estandarizados en todos los cursos. Como resultado de esta evaluación, cada docente, el estudiante y las familias podrán disponer de una información suficientemente objetiva sobre su situación, que deberá complementar con sus propios datos internos, y posibilitará la puesta en marcha de procesos de mejora.

b. Evaluación sumativa: tiene por objeto establecer balances fiables de los resultados obtenidos al final de un proceso de enseñanza–aprendizaje. Hace énfasis en la recolección de información y en la elaboración de instrumentos que posibilitan medidas fiables de los conocimientos a evaluar.

c. Formativa: se caracteriza por no tener calificación, sino una apreciación de la calidad del trabajo académico realizado por los estudiantes, pues permite determinar en cada segmento o tramo del curso los resultados obtenidos, para realizar los ajustes y adecuaciones necesarias para alcanzar los desempeños

d. Heteroevaluación: consiste en la evaluación que realiza una persona sobre otra: su trabajo, su actuación, su rendimiento, etc. Esta es la evaluación que habitualmente lleva a cabo el profesor para conocer el rendimiento académico de sus estudiantes.

e. Coevaluación: consiste en evaluar el desempeño de un estudiante a través de sus propios compañeros, la cual tiene por meta involucrar a los estudiantes en la evaluación de los aprendizajes y proporcionar retroalimentación a sus compañeros y, por tanto, ser un factor para la mejora de la calidad del aprendizaje. El uso de la coevaluación anima a que los estudiantes se sientan parte de una comunidad de aprendizaje e invita a que participen en los aspectos claves del proceso educativo, haciendo juicios críticos acerca del trabajo de sus compañeros.

f. Metaevaluación: el propósito de la metaevaluación es el controlar la calidad de la evaluación, este concepto está relacionado con el control de un sesgo que podría estar presente en los evaluadores. Los docentes tienen la obligación profesional de organizar las evaluaciones propuestas en términos de una evaluación competente.

g. Autoevaluación: permite que los estudiantes tomen la responsabilidad de monitorearse a sí mismos y hacer juicios acerca de los aspectos de su propio aprendizaje. Una autoevaluación constructiva requiere que los estudiantes reflexionen sobre lo que ellos están aprendiendo en una gran variedad de formas. Igualmente, ubica a los estudiantes en una posición donde estos pueden reconocer sus fortalezas y debilidades y sean capaces de hacer planes de mejoramiento.

Parágrafo. Los estudiantes llevarán un formato de autoevaluación para cada área, en el que se evalúan los tres desempeños: cognitivo, procedimental y actitudinal.

Artículo 23 - Acciones para garantizar el cumplimiento de los procesos evaluativos

Artículo 23: Acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes de la institución, cumplan con los procesos evaluativos.

Se aplicará el siguiente conducto regular:

a. Diálogo con el profesor de la asignatura/área.

b. Diálogo con el director de curso.

c. Diálogo con los coordinadores.

d. Comunicación a la comisión de evaluación y promoción.

e. Comunicación al consejo de académico.

f. Dialogo con el rector.

b. Comunicación al consejo directivo.

c. Comunicación a la Secretaría de Educación Municipal.

d. Comunicación al Ministerio de Educación Nacional.

 

Artículo 24 - Instancias

Artículo 24. Instancias para atención y reclamación. Los padres de familia y estudiantes tendrán en estricto orden las siguientes instancias para efectos de la reclamación.

1. Profesor de la asignatura y/o área.

2. Director de curso.

3. Coordinador académico, y/o Técnico

4. Comisión de evaluación y promoción.

5. Consejo académico.

6. Rector.

Parágrafo. Las reclamaciones se deben presentar por escrito y las respuestas a las mismas deben ser resueltas en un tiempo máximo de 5 días hábiles. El rector podrá conocer en cualquier momento las quejas y/o reclamos presentados por los padres y/o acudientes y velará por una solución oportuna dentro de los quince (15) días calendario a su radicación.

 

Artículos 25, 26, 27 y 28 - Servicio social, SENA, Otros aspectos, evaluación del SIE, publicación y vigencia

 

Artículo 25. Servicio Social. Los estudiantes del grado UNDÉCIMO para ser proclamados como “Bachilleres” deberán cumplir con los requisitos establecidos para el servicio social obligatorio reglamentado por el MEN, como mínimo ochenta horas (80), según resolución 4210 de 1996, el cual se debe desarrollar a partir del grado 10.

 

Artículo 26. Articulación con el SENA. Los estudiantes de grado 10° deben realizar la inscripción con el programa de formación Técnica del SENA al comienzo del año académico, que sea afín con las especialidades que ofrece la institución y de acuerdo al convenio interinstitucional que se establezca. El programa está dirigido a los grados 10 (décimo) y 11 (undécimo) y conducirá a la doble titulación.

 

Artículo 27. Aspectos no Contemplados. El consejo académico, como máximo organismo y autoridad en materia académica, de acuerdo con la ley, tomará decisiones sobre todos aquellos aspectos o situaciones que no estén contempladas en el presente acuerdo o en caso de ambigüedad, si los hubiere.

 

Artículo 28. Evaluación del SIE. El Sistema Institucional de Evaluación debe ser evaluado periódicamente y modificado únicamente por el consejo directivo, teniendo en cuenta los aportes de la comunidad educativa.

 

Artículo 30. Vigencia. El presente acuerdo rige a partir del 12 de enero de 2018 y hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional (PEI).

 

COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

 

 CONSEJO ACADEMICO

 

CONSEJO DIRECTIVO

Enlaces de interés
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